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Ayer, 4 de agosto, el periódico "20 Minutos" se hizo eco de la Sentencia de la Audiencia Nacional n° 132/2015, de fecha 24 de julio, por la que se le reconoce a los trabajadores del sector de la dependencia el derecho a que se les compense por cada festivo trabajado con otro festivo, además de los 18 euros de compensación económica que establece el convenio colectivo laboral.
Esta Sentencia, QUE NO ES FIRME y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, puede generar algún problema organizativo ya que mantiene las 1792 horas anuales de trabajo efectivo.
En resumen, lo que viene a decir dicha Sentencia es que equipara los derechos de compensación con otro festivo que el convenio reconoce a los dos festivos especiales y lo amplía al resto de los festivos trabajados.
Otro tema a comentar sería que la Audiencia Nacional, en su Sentencia, dice que a pesar de las interpretaciones en contra de la Comisión Paritaria del Convenio, ésta está siempre bajo control judicial y que las interpretaciones de un órgano judicial prevalecen sobre dicha Comisión Paritaria.
Yendo a la práctica diaria, y teniendo en cuenta que estamos en período vacacional, nuestra recomendación es que se trate con prudencia este asunto y que, antes de conceder cualquier día compensatorio, se espere a la firmeza de la Sentencia de la Audiencia Nacional.
Os recordamos que durante este mes de agosto seguimos a vuestra disposición por las mañanas de 9 a 13 horas.
Os seguiremos manteniendo informados.
Texto Sentencia Audiencia Nacional